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- El testamento ológrafo debe estar escrito por entero a mano por el testador, fechado y firmado (art. 602 c.c.); sin autografía o sin firma es nulo.
- Quien lo encuentra tras la muerte debe entregarlo a un notario para su publicación (art. 620 c.c.): el paso de los años no lo invalida, por sí solo.
- Quien dude de que sea realmente del fallecido debe impugnarlo en juicio, por lo general con peritaje caligráfico, y tiene la carga de la prueba.
Actualizado el 14 de octubre de 2026.
El testamento ológrafo es la forma de testamento más sencilla y difundida: se escribe a mano, sin notario y sin testigos. Precisamente por eso es también la más expuesta a errores e impugnaciones.
Los requisitos de validez
Según el art. 602 c.c., el testamento ológrafo debe estar:
- escrito por entero de mano del testador: no es válido como ológrafo si está escrito a ordenador o por otra persona;
- fechado, con día, mes y año;
- firmado al final de las disposiciones, con nombre y apellido o en todo caso de modo que se identifique con certeza al testador.
La falta de autografía o de firma hace el testamento nulo; otros defectos de forma, como la falta de fecha, lo hacen anulable (art. 606 c.c.).
Consejos prácticos para quien lo escribe
- Escribir con claridad e indicar con precisión bienes y beneficiarios.
- Tener en cuenta las cuotas legítimas, para evitar futuras acciones de reducción.
- Conservarlo en un lugar seguro o depositarlo ante un notario, que garantiza su conservación.
- Recordar que un testamento posterior puede revocar, en todo o en parte, el anterior (arts. 680-682 c.c.).
Pregunta siguiente: ¿Se puede impugnar un testamento ológrafo? Impugnar un testamento.
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La publicación
Quien esté en posesión de un testamento ológrafo debe presentarlo a un notario para su publicación en cuanto tenga noticia de la muerte del testador (art. 620 c.c.). El notario levanta un acta en presencia de dos testigos y la transmite a la secretaría del tribunal. Solo tras la publicación puede ejecutarse el testamento: servirá para la declaración de sucesión, para los bancos y para los cambios de titularidad catastral.
Testamento hallado tras años
Ocurre que, al vaciar un armario o hojear un libro, la familia encuentra un testamento escrito a mano cuando la herencia ya se ha dividido. El tiempo transcurrido no invalida por sí solo el testamento: cuentan los requisitos de forma, la autenticidad y la eventual existencia de testamentos posteriores que lo revoquen. Por lo general se procede así: entrega al notario para la publicación, verificación de los requisitos de forma, comparación con la sucesión ya hecha, valoración de las cuotas legítimas y, si hace falta, acuerdo entre los herederos o acción judicial. Si la división ya hecha debe revisarse depende del contenido del testamento y de los acuerdos alcanzados: debe valorarse a partir de los documentos. El consejo práctico es no manipular demasiado la hoja encontrada y llevarla enseguida a un notario.
Si se duda de la autenticidad
Quien considere que el testamento no fue escrito por el fallecido debe impugnarlo en las formas correctas. Las Secciones Unidas del Tribunal de Casación (sent. n.º 12307/2015) han establecido que la parte que impugna la autenticidad de un testamento ológrafo debe plantear una demanda declarativa negativa sobre la procedencia de la escritura, y que la carga de la prueba recae sobre ella. Por regla general es necesario un peritaje caligráfico sobre el original y sobre escrituras de comparación del fallecido.
La vía que suele convenir
Las vías posibles
- Si estás escribiendo el testamento: redactarlo a mano y depositarlo ante un notario.
- Si has encontrado un testamento ológrafo tras un fallecimiento, incluso tras años: presentarlo a un notario para su publicación.
- Si dudas de que sea auténtico: impugnarlo con una demanda declarativa negativa.
Cuál suele convenir y por qué
Depende del caso. Quien escribe el testamento reduce los riesgos si respeta los requisitos de forma, tiene en cuenta las cuotas legítimas y lo confía a un notario. Quien lo encuentra debe hacerlo publicar en cuanto tenga noticia de la muerte del testador. Quien lo impugna tiene la carga de la prueba y, por regla general, hace falta un peritaje caligráfico.
Qué hacer de inmediato
- Comprueba que el texto esté escrito por entero a mano, fechado y firmado.
- Conserva el original en un lugar seguro, sin modificarlo.
- Dirígete a un notario para el depósito o para la publicación.
Cada situación debe valorarse a partir de los documentos del caso concreto: esta indicación no es una promesa de resultado.
Lee también: Testamento escrito a mano hallado en Procida: ¿es válido?
Cómo puede acompañarte el abogado Fiorentino
- Un testamento escrito a ordenador o por otra persona no es válido como ológrafo.
- Antes de dividir una herencia, busca eventuales testamentos en libros, armarios y cajón.
- Tras la publicación el testamento sirve para la declaración de sucesión, para los bancos y para los cambios de titularidad catastral.
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Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los requisitos del testamento ológrafo?
Escrito por entero a mano por el testador, fechado y firmado (art. 602 c.c.).
¿Un testamento ológrafo hallado tras años sigue siendo válido?
El tiempo transcurrido no lo invalida por sí solo: cuentan los requisitos de forma, la autenticidad y la eventual existencia de testamentos posteriores. Debe llevarse enseguida a un notario para su publicación.
¿Quién debe publicarlo?
Quien lo posee debe presentarlo a un notario en cuanto tenga noticia de la muerte del testador (art. 620 c.c.).
¿Cómo se impugna la firma?
Con una demanda declarativa negativa sobre la procedencia de la escritura; la carga de la prueba es de quien impugna y por regla general hace falta un peritaje caligráfico (Cass. S.U. 12307/2015).
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Fuentes: código civil, arts. 602, 606, 620, 680-682; Tribunal de Casación, Secciones Unidas, n.º 12307/2015. Autor: abogado Renato Giuseppe Fiorentino, Colegio de Nápoles. Texto informativo, no sustituye un dictamen sobre tu caso.
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Traducido del original italiano; actualizado el 18 de octubre de 2026.
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